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Tipos de documentos notariales

  • Testamento: Acto jurídico, individual, libre y revocable por el que una persona regula su sucesión nombrando uno o más herederos. La práctica más habitual y segura es el testamento ante notario en su modalidad de testamento abierto. Existen otras formas, como el testamento cerrado ante notario o ante testigos, pero son poco frecuentes.
  • Poder: Facultad que se otorga a otra persona para realizar y ejecutar determinados actos jurídicos y materiales en nuestro nombre. El apoderado no tiene
    que aceptar el poder; es una decisión unilateral del poderdante. Basta con que una persona acuda a la notaría y lo otorgue. El poder es revocable por parte del poderdante mediante otra escritura posterior que deja sin efecto la primera.
  • Actas: Documento en el que el notario hace constar la relación de lo acontecido durante la celebración de una asamblea, congreso, sesión, vista judicial o reunión de cualquier naturaleza, así como los acuerdos o decisiones tomadas.
  • Compraventa: Contrato por virtud del cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o derecho y el otro se obliga a pagar por ello un precio convenido. Puede ser de inmuebles, muebles o derechos.
  • Préstamo Hipotecario: Préstamo que tiene como garantía de pago un bien inmueble o varios, ya sean viviendas, locales, garajes, solares, etc.
  • Préstamo Personal: El préstamo es un contrato por el cual una entidad financiera o no financiera, o un particular, pone a nuestra disposición una cantidad determinada de dinero. Cuando no está especialmente garantizado con bienes específicos y determinados, se llama personal, en alusión a que nos obliga a responder con todos nuestros bienes.
  • Donación: Contrato mediante el cual una persona transfiere gratuitamente bienes a otra. (En Chile, se requiere un trámite judicial previo llamado insinuación).
  • Constitución de Sociedades Mercantiles: Acto de fundación de una sociedad en el que se definen elementos básicos: capital inicial, domicilio, régimen jurídico, etc. Las sociedades mercantiles se constituyen de acuerdo con la legislación mercantil, independientemente de que su finalidad sea comercial, y pueden ser sociedades anónimas y sociedades limitadas, entre otras.
  • Protesto: Documento en el que se hace constar la negativa a aceptar o pagar una letra de cambio, pagaré o cheque para no perjudicar o disminuir los derechos y acciones de las personas que han intervenido.
  • Stev: Ahora estamos en línea con el Registro Civil para la inscripción de vehículos de manera virtual, ahorrando tiempos de espera.